Habitantes de la Ciudad de México
Requisitos generales:
1) Ser persona ciudadana mexicana o extranjera cuya condición migratoria le permita formar parte del programa.
2) Ser persona mayor de 18 años al momento del registro.
3) Ser persona residente de la Ciudad de México.
4) No ser persona beneficiaria facilitadora de servicios de otro apoyo económico de la misma naturaleza, federal, Estatal o local.
5) No ser persona trabajadora bajo ningún régimen, del Gobierno Federal, Estatal o Municipal, para el caso de las Figuras: Coordinador(a) de Alcaldía, Subcoordinador(a), Entrenador(a) Deportivo(a), personas de Apoyo Técnico Administrativo y Promotor(a) Deportivo(a).
6) No ser persona trabajadora bajo ningún régimen del Gobierno de la Ciudad de México o local para el caso de la figura de Animadores (as) Deportivos.
7) Tener disposición a cumplir con lo establecido en la “Carta de Obligaciones y Actividades” y de los alcances de las presentes reglas de operación del programa.
8) Contar con una cuenta de correo electrónico de uso personal activa, misma que será considerada como el medio formal para oír y recibir notificaciones, incluso aquellas de carácter legal.
9) Preferentemente ser persona habitante de la colonia, barrio o pueblo donde exista o se instale un PILARES o Punto Ponte Pila, o en su caso ser habitante de alguna colonia colindante.
10) Tener disposición de participar activamente en las acciones y estrategias, regulares o emergentes que sean convocadas por el Subsistema de Educación Comunitaria “PILARES” y que se pueden realizar en cualquier parte del territorio de la Ciudad de México.
11) Tener disponibilidad para participar en un esquema de rotaciones y/o cambio de malla horaria entre los PILARES, Puntos Ponte Pila, entre otros, acorde con las necesidades del programa.
12) Tener disponibilidad de tiempo para dar cumplimiento preferentemente 120 horas mensuales en horario mixto distribuidas de lunes a domingo, de acuerdo al tipo de figura, de conformidad a la “Carta de Obligaciones y Actividades”.
13) Acreditar todas las etapas del procedimiento de acceso.
14) No haber causado baja definitiva, en años anteriores, como persona Beneficiaria Facilitadora de Servicios por cualquier motivo previsto en las causales de baja y/o haber tenido seguimiento por motivos de incumplimiento a lo establecido en el numeral 8.4 Requisitos de Permanencia, causales de baja o suspensión temporal de las personas beneficiarias y en su
caso, de alguno de los programas sociales instrumentados por el Subsistema de Educación Comunitaria PILARES.
15) Implementar y difundir de manera prioritaria las actividades mediante el uso de herramientas tecnológicas y redes sociales. El Subsistema de Educación Comunitaria “PILARES” a través de la Dirección de Ponte Pila, podrán determinar llevar a cabo las activaciones físicas, deportivas, recreativas y/o de promoción de la salud de manera mixta, es decir, presencial prioritariamente y/o virtual en caso necesario.
16) Fomentar durante la operación del Programa Social en todo momento la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y la información, garantizando la no aglomeración y la seguridad de las personas.
Servicios
Facilitadores de servicios | Monto |
Coordinador(a) | $14,600.00 |
Subcoordinador(a) | $10,400.00 |
Entrenador(a) Deportivo(a) | $9,500.00 |
Animador(a) Deportivo(a) febrero | $4,250.00 |
Animador(a) Deportivo(a) marzo-junio | $4,250.00 |
Animador(a) Deportivo(a) julio-agosto | $4,250.00 |
Animador(a) Deportivo(a) septiembre-noviembre | $4,250.00 |
Promotor(a) Deportivo (a) | $8,500.00 |
Apoyos Técnicos Administrativos | $9,000.00 |
Variable