Gobierno de la CDMX

Actividades de Pública Utilidad para la Ciudad de México

Secretaría de Gobierno

Descripción

Disminuir los niveles de vulnerabilidad social de las personas privadas de su libertad incrementando sus posibilidades de empleabilidad una vez que obtengan su libertad contribuyendo con ello a garantizar su derecho a la reinserción social y disminuir los niveles de reincidencia, lo que impacte de manera positiva en la reducción de los costos del sistema penitenciario; desarrollando modelos de vida socialmente aceptables; reduciendo el crimen, aumentando la seguridad ciudadana y reduciendo la sobrepoblación penitenciaria.

A quién va dirigido

personas privadas de su libertad para el desarrollo de actividades de mejoramiento de áreas verdes y urbanas. 

Fecha inicio
14-04-2022
Fecha fin
13-04-2022
¿Qué necesito?

Grupo B:
• Todas las personas privadas de su libertad que se encuentren registradas ante el Comité Técnico desempeñando alguna actividad productiva o de capacitación, que se hallen en la fase de cumplir con la totalidad de los requisitos para acceder al Grupo A.

Grupo B:
• Todas las personas privadas de su libertad que se encuentren registradas ante el Comité Técnico desempeñando alguna actividad productiva o de capacitación, que se hallen en la fase de cumplir con la totalidad de los requisitos para acceder al Grupo A.

Grupo A:
• Ser persona privada de la libertad sin importar que haya tenido condenas anteriores, pero no deberá tener pena de prisión pendiente por cumplir diversa a la que esté compurgando.
• Estar a 24 meses, máximo, para compurgar su sentencia.
• Haber sido sentenciado por delitos de robo, fraude, despojo, encubrimiento por receptación, abuso de confianza, lesiones y extorsión, éste último en caso de contar con ingresos anteriores, que los mismos no sean de la misma naturaleza, todos previstos en el Código Penal de la Ciudad de México (antes Distrito Federal).
Deberá analizarse en cada caso concreto la gravedad mayor o menor de las circunstancias de ejecución del hecho delictivo materia de la sentencia condenatoria, tanto por el Comité Técnico como por el Poder Judicial, a efecto de determinar la procedencia de incorporación del sentenciado a la Acción Institucional.
• Denotar riesgo institucional y social bajo.
• Contar con apoyo familiar (red de apoyo).
• Aceptar expresamente las condiciones de seguridad que se señalen en función de la presente Acción Institucional.
• Presentar consentimiento por escrito signada por el interesado, en la que exprese su voluntad y autorización para participar y recibir capacitación en actividades a favor de la comunidad y definir si es su voluntad destinar un porcentaje deducible del incentivo económico que se le otorgue, para la reparación del daño que, en su caso, tenga pendiente de cubrir o para la
integración de su fondo de ahorro.

¿Qué obtienes y cuánto recibes?
Tipo de apoyo:
Periodo de entrega
3
¿Puedo acceder a este y otro programa simultáneamente?
No