Fortalecer la cohesión social a través de apoyos económicos que coadyuven en acciones y/o actividades que fomenten la cultura y tradición de la demarcación mediante las mayordomías, comités, comisiones, organizaciones, grupos de danza folklórica y grupos organizados.
La población dedicada al fortalecimiento de las tradiciones y costumbres de la Alcaldía de Milpa Alta, la cual se elige anualmente mediante sus organizaciones que responden a los usos y costumbres de sus pueblos originarios, de los cuales abarca a la gente que habita en los 12 pueblos con sus barrios y derivan en la representación de los grupos culturales, mayordomías, comités; de ferias, de carnaval, de fiestas patronales, fiestas patrias en la demarcación, comisiones, organizaciones, grupos de danza folklórica y/o grupos organizados, del total de la población de Milpa Alta 152 mil 685 mujeres y hombres, de las cuales 78 mil 314 son mujeres y 74 mil 371 hombres, el rango predominante es de 20 a 24 años, seguido del rango entre 25 y 29 años. Busca llegar mínimamente a las 600 mujeres y hombres representantes de estas organizaciones.
Dado que la población beneficiaria de la Acción Social será menor a la población usuaria, se realizó una focalización territorial, priorizando a la población que se encuentra en situación de pobreza y habitantes económicamente inactivos. En congruencia con lo dispuesto por el artículo 11, “Ciudad Incluyente” de la Constitución Política de la Ciudad de México, la cual indica que La ley preverá un sistema integral de asistencia social a cargo de diseñar y ejecutar políticas públicas para la atención de mujeres y hombres, familias, grupos y comunidades con perspectiva de derechos humanos y resiliencia. Garantizando la atención prioritaria para el pleno ejercicio de los derechos de las mujeres y hombres que debido a la desigualdad estructural enfrentan discriminación, exclusión, maltrato, abuso, violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales.”
1.- Ser mujer u hombre residente de la Alcaldía Milpa Alta.
1.1- Ser mayor de 18 años.
Las mujeres y hombres que funjan como: presidenta y/o presidente, secretaria y/o secretario y Tesorera y/o Tesorero., deberán entregar:
2.1.- Copia legible de la credencial de elector vigente de cada uno de las y los integrantes del grupo organizado
2.2 Lista de aprobación para llevar a cabo el evento a favor del grupo organizado, (firmada por 60 hombres y mujeres residentes en el caso de los poblados y 40 hombres y mujeres en el caso de los barrios, según corresponda). En caso de nueva solicitud se omite este paso. esta deberá tener el visto bueno con nombre, firma y sello de la Dirección de Participación Ciudadana de la Alcaldía Milpa Alta o el Enlace de Coordinación Territorial. En caso de nueva solicitud se omite este paso.
2.3.- Comprobante de domicilio no mayor a tres meses (en caso de no encontrarse de manera visible en la Identificación Oficial)
2.4.-Escrito libre de petición dirigido a la Dirección General de Bienestar Social en original, con los siguientes datos: Nombre del grupo organizado, descripción de la actividad o festividad a realizar, especificando lugar, fecha y número de personas aproximadas asistentes al evento, justificación del monto a solicitar. Firmado por las personas responsables del evento o festividad con nombres completos de las y los integrantes del grupo organizado y números telefónicos de contacto.
Carta compromiso, la cual será entrega en la Dirección General de Bienestar Social
2.5.-Llenar el formato de solicitud que se brindará en las oficinas de la Dirección General de Bienestar Social. Mínimo 30 días hábiles antes de la actividad a desarrollar.
2.6 En caso de que se presente una situación de riesgo por contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México, los requerimientos y la documentación a presentar, además de los procedimientos de acceso, para la inclusión de las mujeres y hombres en la acción social, pueden variar, en cuyo caso, se emitirán lineamientos específicos.
2.7 Los casos no previstos en las presentes Reglas de Operación serán resueltos por la Dirección General de Bienestar Social.
Económico
Monto variado conforme a la acción a realizar, desde $3,000.00 como mínimo hasta $110,000.00 (dicho apoyo se otorgará en una sola ministración por grupo organizado)
Se otorga el apoyo por única ocasión.