Esta Acción Social busca cumplir los derechos establecidos en la Constitución Política de la Ciudad de México en sus artículos 2 De la naturaleza intercultural, pluriétnica, plurilingüe y pluricultural de la Ciudad, apartado 1 establece “La Ciudad de México es intercultural, tiene una composición plurilingüe, pluriétnica y pluricultural sustentada en sus
habitantes; sus pueblos y barrios originarios históricamente asentados en su territorio y en sus comunidades indígenas residentes. Se funda en la diversidad de sus tradiciones y expresiones sociales y culturales.”, 52 Demarcaciones territoriales, numeral 3, fracción IV “Las demarcaciones de la Ciudad de México, su denominación y límites territoriales serán los que señale la ley en la materia, considerando los siguientes elementos: IV. Reconocimiento a los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes; 53 Alcaldías, apartado A, numeral 2 fracción XIV “Preservar el patrimonio, las culturas, identidades, festividades y la representación democrática de los pueblos, comunidades, barrios y colonias asentadas en las demarcaciones; así como el respeto y promoción de los derechos de los pueblos y barrios originarios y de las comunidades indígenas residentes en la demarcación territorial.”; y artículo 59 De los derechos de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes.
Por lo anterior, surge la necesidad de brindar apoyo económico a las Mayordomías y Comparsas de los Pueblos y Barrios de la Alcaldía Iztacalco, con la intención de preservar y garantizar la continuidad de usos y costumbres para poder realizar las festividades que tienen a lo largo del año.
Las personas habitantes de los Pueblos y Barrios originarios tradicionales de la Alcaldía Iztacalco pertenecientes a las mayordomías y comparsas.
Se estima que 32,379 habitantes se consideran como parte de las personas habitantes de un pueblo originario, por lo que, en ellas se enfocará la presente Acción Social “Apoyo Económico para Mayordomías y Comparsas”. La definición de la población se basa en esto y dada la naturaleza no es posible establecer un número específico de población beneficiaria.
Los requisitos de acceso a esta Acción Social serán transparentes, neutrales, apartidistas y congruentes con los objetivos y la población beneficiaria, alineándose a los principios generales de la política social de la Ciudad de México.
Las Mayordomías o Comparsas que deseen beneficiarse de la ayuda deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Contar con al menos una integrante mujer dentro de la Mayordomía o Comparsa.
- Antigüedad mínima de 5 años (comprobable con algún documento, pueden usarse libros, registro histórico o cualquier otro documento que la Mayordomía o Comparsa considere que valide la antigüedad).
- Contar al menos con 50 integrantes.
- Pertenecer a uno de los pueblos y barrios de la Alcaldía Iztacalco.
Apoyo económico y se realizará por medio de personal de la Dirección General de Participación Ciudadana de la Alcaldía Iztacalco.
Se realizará mediante la entrega de dos apoyos económicos al año de entre $20,000.00 (Veinte mil pesos 00/100 m.n.) y hasta $35,000.00 (Treinta y cinco mil pesos 00/100 m.n.).
Se realizará mediante la entrega de dos apoyos económicos al año.